jueves, 17 de mayo de 2007

CONVENIO 169 DE LA OIT
Urgencia legislativa y urgencia política

La política indígena no consiste solo en la agenda de Gobierno. El movimiento indígena tiene una agenda mucho más amplia y autónoma, de ejercicio y autotutela de derechos, y exigibilidad de obligaciones estatales, incluido el cumplimiento de las recomendaciones de Naciones Unidas. El desafío es aprovechar toda oportunidad para abrir espacios y garantías a los derechos.

Por Víctor TOLEDO / Miércoles 16 de Mayo de 2007

- Foto de Archivo.

(+) Los anuncios de la Presidenta Bachelet


Para la ratificación del Convenio 169, el único trámite que falta es la votación en el Senado con un quórum de 4/7 de votos favorables.

Existen legítimas dudas en el movimiento respecto a la efectiva voluntad del Gobierno para implementar recta y cabalmente las medidas anunciadas el 30 de abril.

La Presidenta Bachelet en sus anuncios de política indígena del 30 de abril de 2007, ha resuelto - por fin- asignar urgencia legislativa a la ratificación del Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, tal como lo han exigido las organizaciones indígenas durante todo un año. Hoy los escenarios posibles son dos:
a) Es factible que el Convenio sea ratificado, - si las cosas se hacen bien, se recupera el tiempo, y se aseguran los votos - , y en el 2007 pase a ser ley de la República. Ello constituirá una victoria de los pueblos indígenas. Allí estarán reconocidos un conjunto esencial de derechos colectivos y la política indígena tendrá un nuevo piso y una nueva agenda. Tras la ratificación se abrirá el desafío de implementación del Convenio, en un nuevo marco de relación entre Estado y pueblos indígenas, basada en derechos.
b) Es posible que - por desprolijidad del Ejecutivo, y por un inexcusable descuido del movimiento indígena- no se obtengan los 22 votos necesarios en el Senado, en el día de la votación de la ratificación. Constituiría un revés más del Gobierno, y será un revés histórico para los pueblos indígenas. Quedará cerrado uno de los pocos caminos viables, en Chile, de reconocimiento de derechos colectivos. La pregunta hoy es cómo asegurar la ratificación. ¿Quiere, realmente, el Gobierno asegurar la ratificación el Convenio 169? ¿Quiere realmente el movimiento indígena asegurar la ratificación el Convenio 169?
Condiciones para la ratificación
Para la ratificación del Convenio 169, el único trámite que falta es la votación en el Senado con un quórum de 4/7 de votos favorables. Alcanzar ese quórum es algo factible desde marzo de 2006 tras la eliminación de los senadores designados. En concreto, se requieren 22 votos. La Concertación cuenta con 20 senadores a comprometer, por lo cual “solo” faltaría sumar otros 2 votos de senadores de derecha. Una ventana de oportunidad para la ratificación del Convenio 169, se abrió en marzo de 2006. Coincidió el inicio del nuevo Gobierno con la instalación de un nuevo Senado. Sin embargo, el Ejecutivo desperdició aquellos irrepetibles primeros meses de gracia que tiene todo Gobierno al iniciar su período, y el momento de alta visibilidad y solidaridad pública que tuvo la causa indígena en el primer semestre del 2006.
Ahora el Gobierno, por fin, asigna prioridad a la ratificación del Convenio 169. Pero encarga la tarea a MIDEPLAN y CONADI, organismos que objetivamente no tienen la capacidad, por sí solos, de conseguir los votos, ni de concitar el apoyo indígena. El escenario político y parlamentario actual es más complejo. Para asegurar los 20 votos de la Concertación y ganar al menos dos votos de derecha se requiere voluntad Presidencial, presión social y cabildeo indígena, capacidad de alcanzar acuerdos políticos en el Senado. Es imprescindible el involucramiento activo del Ministerio Secretaria General de la Presidencia (SEGPRES), y de las organizaciones indígenas, los únicos que pueden sumar votos transversalmente, argumentar en propiedad, y llenar el Congreso con su presencia. Se requiere un pacto político >> Continúa
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