martes, 25 de septiembre de 2007

LA COMUIDAD JUAN AHILLA VARELA, SECTOR CAILLIN, COMUNA DE COLLIPULI INFORMA LO SIGUIENTE.


  1. Nuestra comunidad mapuche ha venido reivindicando las tierras que le han sido usurpadas por latifundistas desde el mismo momento de la radicación, así lo demuestran las múltiples cartas a las autoridades chilenas de diferentes épocas, los expedientes de los juzgados de indios, las reclamaciones hechas durante la unidad popular y hasta tiempos actuales en el que gobierna la concertación.

  1. En este largo e histórico proceso hemos sido encarcelados, perseguidos, maltratados y torturados por los agentes del estado chileno.

  1. En lo que respecta a una de nuestras reivindicaciones históricas, durante los años 2002 y 2003 retomamos con fuerza nuestro derecho a recuperar tierra, y es así que entramos al fundo Ginebra que nos tenia usurpado PEDRO NICKELSON, y después de mucho pelear y sufrir con ello, logramos que se nos devolviera el fundo el año 2003. No obstante los costos que tuvieron y tienen que pagar nuestras familias han sido altísimos, como lo es allanamientos, baleos, amedrentamiento a nuestros niños, torturas por parte de carabineros de Collipulli, encarcelamientos a nuestros dirigentes e incluso sufrir la persecución por delitos terroristas, los que finalmente fueron desvirtuados por el tribunal de Temuco. Así la persecución política judicial llevada a cabo tanto por la fiscalía militar y ministerio publico calaron hondo en nuestra gente.

  1. La cuestión es que ya instalados en el fundo -desde que nos decidimos a entrar- comenzamos la producción del fundo recuperado en beneficio de nuestras familias, así pudimos ampliar nuestros cultivos y en cierta forma comenzar a mejorar nuestra calidad de vida con nuestro esfuerzo y con nuestra lucha.

  1. Sin embargo a partir del 18 de junio del 2007 denunciamos ante la opinión publica lo siguiente:

    “denunciamos categóricamente el roce y desbrote de arboles nativos en la parcela Nº 66 b que tiene una totalidad de 80 hectáreas y que pertenece al titulo de merced Nº 562 de Juan Ahilla Varela, de nuestro territorio de caillin y que nos la tiene usurpada el dueño del fundo CURACO el latifundista MARIO GARBARINI. Al mismo tiempo denunciamos a CONAF de Angol por que su fiscalización ha sido irregular y corrupta ya que han dado rienda suelta a que cualquier latifundista deprede nuestros arboles nativos. Nosotros no vamos a permitir la quema de leña, explotación de nuestro bosque nativo ni menos la plantación de especies exóticas (ecucaliputus) que sigan llenando los bolsillos de los dueños de chile y destruyendo el medio ambiente y que tienen a nuestros territorios mapuche con escasez de agua. Desde hoy haremos uso al derecho a defender nuestro territorio”1.

  1. En este tiempo transcurrido, nos enteramos que estabamos nuevamente en la mira del estado chileno, a partir de falsas acusaciones por parte del capataz de MARIO GARBARINI, quien dijo sentirse amenazado a partir de la denuncia publica que realizáramos en el mes de junio. En ese momento nos presento una demanda en el tribunal de Collipilli por lesiones, amenazas y robo. Nuestra comunidad desvirtúa categóricamente estas acusaciones, jamás hemos provocado lesión alguna en esta gente, todo lo contrario nuestros niños son los amenazados y hostigados por los inquilinos del fundo y por MARIO GARBARINI y los amenazados hemos sido nosotros. Con respecto al robo, es ridículo pensar en eso, ya que los arboles y el predio que nos tiene usurpado GARBARINI nos pertenecen desde tiempos ancestrales, y así lo demuestran los mismos títulos y documentos emanados por el mismo estado Chileno.

  1. En este contexto, el día viernes 21 de septiembre personal de investigaciones de Chile concurrió hasta nuestra comunidad en donde procedió a detener a uno de nuestros peñis, sacando fotografías al predio y a nuestra gente. El mismo día 21 de septiembre nuestro hermano fue formalizado en el tribunal de garantía de Collipulli quedando sujeto a medida cautelares, una de las cuales le prohibe transitar por su propia tierra. Además tenemos información de que existen 4 peñis mas que están siendo investigados y que sobre los cuales pesan ordenes de detención.-
  2. Creemos que estamos frente a una nueva oleada represiva y de persecución, en el mismo sentido quisiéramos manifestar a la opinión publica que REAFIRMAMOS con mas fuerza la ocupación de nuestro territorio y el trabajo que estamos realizando en el, nos sumamos a todas las movilizaciones que existen en nuestro territorio mapuche, denunciamos al estado chileno y su justicia racista que persigue y encarcela al mapuche por el solo hecho de reclamar sus derechos.

  1. Hacemos un llamado a todos nuestros hermanos mapuche que no teman de reclamar sus derechos que por décadas nos han sido negados por este estado represor.

  1. Finalmente agradecemos a los medios de comunicación y persona que le den difusión a lo que esta sucediendo en nuestro territorio.

MARRICHIWEW

COMUNIDAD JUAN AHILLA VARELA, TERRITORIO DE CAILLIN, COMUNA DE COLLIPULLI.

25 DE SEPTIEMBRE DEL 2007


Kolectivo We Newen

lunes, 24 de septiembre de 2007



Programa

Horario

Actividad

9:15 – 9:30 hrs.

Inscripción

9:30 – 9:45 hrs.

Bienvenida y presentación del Seminario

Instituciones convocantes

Panel I: Convenio 169: experiencias comparadas e implicancias de su ratificación en Chile

9:45 – 10:20 hrs.

Moderador:

Sr. Pablo Lazo

DIRECON

Ministerio de Relaciones Exteriores

Sr. Guillermo Pérez

Especialista principal en normas internacionales y relaciones laborales

Oficina Subregional para el Cono Sur – L.A.

Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Sra. Carmen Rosa Villa

Representante Regional para América Latina y el Caribe

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

10:20 – 10:40 hrs.

Preguntas

Panel II: Convenio 169: percepciones y expectativas de su ratificación

10:40 – 11:30 hrs.

Moderador:

por confirmar

Sra. Ma. Isabel Castrillo

Encargada Área Jurídica

Fundación Instituto Indígena

Gustavo Quilaqueo

Presidente

Wallmapuwen

Luis Penchuleo

Presidente Directiva

Hogar Mapuche Pelontuwe

11:30 – 11:50 hrs.

Preguntas

11:50 – 12:05

Intermedio

Panel III: Convenio 169: posibilidades e implementación en Chile

12:05 – 12:45

Moderador:

Francisco Huenchumilla

Alcalde de Temuco

Representante MIDEPLAN, SEGPRES, Parlamento

12:45 – 13:15

Preguntas y comentarios finales





Kolectivo We Newen

sábado, 22 de septiembre de 2007

“Lista Gente de la tierra

Designan números a candidatos mapuche

Al Colectivo de Profesores Mapuche por la identidad: Newen Mapuche Kimn,

se les asignó la lista G, de Gente de la Tierra en las próximas elecciones del Colegio de Profesores de Chile.

El Comité Electoral Nacional, instancia que regula el proceso eleccionario, ha ratificado a nuestros siguientes candidatos con su número respectivo:

Al comunal El Bosque:

10 María Villacura Cavieres

.Al Regional Metropolitano:

31 Juan Minchequeo Llancamil

32 José Ñancucheo Colihuinca

39 Sergio Pradena Zuñiga

Al Directorio Nacional

51 Ariel Antillanca Oyarzo

Debemos señalar que lamngen Manuela LLancapán, candidata al directorio nacional de nuestra lista, ha sido objetada por parte del Comité Electoral Nacional. Situación que como lista mapuche lamentamos profundamente.

Invitamos a las personas y organizaciones sociales sensibles con el pueblo mapuche, a las profesoras y profesores a apoyar esta iniciativa y sumar esfuerzos para concretizar este sueño.

¡¡¡Peukayael Marichiwew!!!


Kolectivo We Newen

jueves, 20 de septiembre de 2007

Fuente: Mapuexpress - Informativo Mapuche http://www.mapuexpress.net



¡SIN-VERGUENZA(S)!: Forestal Arauco – Celco (Angelini) y Barrick Gold (Pascua Lama) auspician tercera reunión Bi – Nacional de “Ecología” .

Un evento científico titulado “Ecología, la teoría y sus aplicaciones” que se llevará a cabo en la ciudad de La Serena, en Chile, está siendo duramente criticado debido a que entre sus auspiciantes figuran empresas que ostentan un problemático historial en materia ambiental, tales como la transnacional minera Barrick Gold Corporation, la productora de pasta de celulosa Celulosa Arauco y Constitución (CELCO), el grupo minero Xstrata, y la compañía agroalimentaria Nestlé.

¡SIN-VERGUENZA(S)!:  Forestal Arauco – Celco (Angelini) y Barrick Gold (Pascua Lama) auspician tercera reunión Bi – Nacional de “Ecología” .

Fuente: Radio Mundo Real

http://www.radiomundoreal.fm/rmr/?q=es/node/23712

Otras fuentes consultadas:

http://olca.cl

http://www.socecol.cl

http://www.elciudadano.cl

http://www.elquintoinfierno.cl

El evento, que se llevará a cabo entre el 30 de septiembre y el 4 de octubre, es organizado por la Sociedad de Ecología de Chile y la Asociación Argentina de Ecología, y se promociona como una reunión binacional “cuyos ejes principales consisten en evaluar el desarrollo teórico en todos los campos de la Ecología”, mientras se propone al mismo tiempo “debatir sobre las nuevas ‘perspectivas’ teóricas y metodológicas necesarias para el desarrollo de las múltiples disciplinas involucradas en resolver la complejidad de los problemas y de las preguntas actuales de la ecología”, según puede leerse en el sitio web de la actividad.

Entre los auspiciantes de la reunión también figuran varias universidades, organismos públicos y organizaciones como la Red Latinoamericana de Botánica, la Wildlife Conservation Society y el Centro de Estudios Avanzados en Zonas Áridas, entre otros.

Al conocerse la noticia, varias voces críticas se levantaron para protestar contra el apoyo que empresas como CELCO o Barrick Gold brindan al evento. La vocera del movimiento ciudadano Acción por Los Cisnes, Claudia Sepúlveda, envió una carta a Luis Contreras y Adriana Abril, presidentes del Congreso Binacional de Ecología, denunciando la incongruencia de que una compañía como CELCO figure entre los auspiciantes de la actividad.

“Todos estos años hemos visto con consternación la total falta de compromiso ambiental y social con que esta empresa se ha comportado en Valdivia, negando hasta la fecha cualquier relación causal entre la operación de su planta de celulosa y los efectos ecológicos devastadores ocurridos en el humedal localizado 30 kilómetros aguas abajo de la descarga industrial de CELCO Arauco”, escribe la vocera en su carta, indicando además que existe evidencia científica contundente que señala una correlación espacial y temporal entre los daños al medio ambiente y la puesta en funcionamiento de la planta de celulosa Valdivia de CELCO.

“Apelo a la responsabilidad social y ética de la práctica científica, aquella que necesitamos tan urgentemente para comenzar a construir las condiciones que nos aseguren que nunca más en Chile se cometerán este tipo de crímenes ambientales en la más absoluta impunidad”, agrega Sepúlveda en su misiva, que fue reproducida en el sitio web del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales.

También Richard Pincheira Aedo, coordinador de la organización Chillanactivo, declaró que CELCO pretendía “lavar su imagen” al patrocinar el evento, por lo que exhortó a que se enviaran cartas de rechazo tanto a los organizadores de la actividad como a otros de sus auspiciantes.

INFORMACIÓN RELACIONADA

16-09-2007 - Repudio a auspicio de Barrick Gold y Forestal Arauco (Angelini) a encuentro "ecológico" / LEER MÁS: http://www.mapuexpress.net/?act=publications&id=804



Kolectivo We Newen

miércoles, 19 de septiembre de 2007

Lucio Gutiérrez, autocalificado como ’el mejor aliado de Bush en Ecuador’, vuelve a las elecciones sin recordar a los 21 JUBILADOS MUERTOS DURANTE SU PERÍODO NEOLIBERAL.

LOS MUERTOS QUE PERSIGUEN AL CORONEL

Altercom*

19 de septiembre de 2007

El coronel Gutiérrez nunca ha estado en una guerra, no obstante sí ha cobrado vidas. No por defender los intereses de su patria, como lo hace un soldado, sino por defender los intereses de banqueros nacionales e internacionales. Pero la memoria es frágil y es necesario recordarlo.

Durante el mes de julio del año 2004, los jubilados del Ecuador llevaron a cabo una serie de protestas para exigir un modesto incremento en sus golpeadas pensiones jubilares. Recuérdese que los ahorros de los jubilados fueron golpeados recurrentemente desde la crisis de 1999, la fuerte inflación que se produjo en los primeros años de la dolarización, así como por el paquetazo de Lucio Gutiérrez (lo que él denominó un “PINCHAZO”), donde subió el costo de los servicios básicos, alimentos, combustibles, transporte, etc.

Ante la indolencia del gobierno, esta protesta recibía un creciente apoyo solidario de la población, pero Lucio Gutiérrez enfrentaba a los jubilados con la indiferencia. Mientras las protestas se radicalizaban, el gobierno entretenía y enredaba a los jubilados, pasando el tema al Congreso Nacional y éste a una comisión especializada. Esta falta de respuesta seria, por parte del gobierno del coronel, motivó a los jubilados a realizar una huelga de hambre, con el único fin de que se escuchen sus demandas.

Pero Gutiérrez no cedía, pues para él, pagar la deuda externa siempre fue lo más importante. No podemos olvidar que el 29 de mayo del 2003, mediante el decreto ejecutivo 433, el gobierno de Gutiérrez obligó al IESS a comprar –con el dinero de los afiliados- 440 millones de dólares en bonos del Estado, de los cuales 354 millones fueron para pagar deuda pública interna y externa.

Hacia fines de julio del 2004, muchos de los jubilados, debilitados por la prolongada huelga de hambre, vieron deteriorada su salud: 21 de ellos murieron en esta lucha, ante la indolencia de un Lucio Gutiérrez que hoy se atreve a volver a la política.

Lucio Gutiérrez habla ante las cámaras de lo “maravilloso” que fue su gobierno, pero no menciona los muertos que su gobierno dejó en la «GUERRA DE LOS JUBILADOS».

Altercom
Agencia de Prensa de Ecuador. Comunicación para la Libertad.

www.altercom.org/article151536.html




Kolectivo We Newen

lunes, 17 de septiembre de 2007

Contaktos>avkinpivkemapu@yahoo.com.ar Se agardece la difusión!!
En la mañana del sábado 15 de Septiembre integrantes de la Comunidad Tacul-Cheuque recuperaron tierras que fueron usurpadas de manera engañosa por Parques Nacionales luego de la muerte de Ismael Tacul en el año 1938. En el hoy conocido “Parque Municipal Llao Llao” distante a 30 kms al oeste de la ciudad se instalaron con una casa dispuestos a ejercer posesión ancestral de dicho espacio, actualmente en manos de la Municipalidad de Bariloche. En el lugar donde vivieron, aún permanecen las alamedas, y un cementerio donde tres de los hijos de Tacul se encuentran sepultados. La demanda por 625 hectáreas la realizan en una de las zonas más caras y codiciadas de la turística ciudad: Villa Tacul. Que por cierto está ubicada a sólo 7 kilómetros del Hotel Llao-Llao conocido internacionalmente.
Foto: Atardecer en Villa Tacul
Por Comunidad Takul Chewque/Avkin Pivke Mapu
NUESTRA RESEÑA HISTORICA

En esta humilde reseña les pasamos a contar un poco de lo que fue nuestra historia:

La misma cuenta que en el año 1899 llega a la zona, llamada hoy Bariloche; don ISMAEL TACUL procedente de la Isla de Castro (GuluMapu). Quién una vez acá comenzó a trabajar con Félix Goye en la hoy llamada Colonia Suiza.

Don ISMAEL TACUL conoce a quién fue su esposa, doña JESUSA CHEUQUE; quién llega también a la zona proveniente de Río Bueno (GuluMapu), quién de muy joven trabajó en la Estanzuela.

Una vez juntos comenzaron su camino. Don ISMAEL TACUL y doña JESUSA CHEUQUE que por medio de la Ley 1501 "del hogar" de aquellos tiempos consiguen instalarse en la parte norte de la Península Llao-Llao. Esta ley les concedía un predio de 625 hectáreas, una vez ahí trabajaron y con mucho esfuerzo desmontaron y limpiaron aquellas tierras para la siembre de: Trigo, papas, árboles frutales, alamedas, etc. Además de tener que construir su vivienda y tiempo después formaron su comunidad.

Aquel desmonte de un poco mas de cuatro hectáreas fue gracias a la yunta de bueyes y un par de herramientas que les prestó la familia Goye. Esto fue lo que les exigía a cambio la Ley del hogar: Tener su lugar limpio, sembrado y con una vivienda digna. Así fue que cumplió don ISMAEL con la Ley del hogar.

En 1902 les fue otorgado el permiso definitivo de la Ley del hogar, el cual extravió tiempo después en un trayecto del pueblo a la Península Llao-Llao el cual hacía a caballo.

En 1904 fue convocado el ingeniero Apolinario Lucero para realizar la agrimensura y loteo de pastoriles y agrícolas de las colonias del Nahuel Huapi. En el censo de poblaciones ubicaron desérticos varios lotes, donde se encontraba el Lote 91 donde allí vivía la comunidad de don ISMAEL TACUL.

Por aquél entonces las familias Mapuche y sus comunidades NO eran censadas a raíz de la fuerte discriminación , otorgándoles más privilegios a los colonos europeos. Ya que a los Mapuche se los consideraba como INDIOS de mal vivir, calificándolos de: Borrachos, vagos, viciosos, pendencieros, etc. Todo lo contrario de don Ismael quién trabajó esforzada y humildemente sus tierras.

Al crearse en 1930 Parques Nacionales por resolución de la Ley 3051; fue allí en esa instancia donde comienza el hostigamiento a la familia de don Ismael Tacul. En ese momento su familia estaba compuesta por nueve hijos. Unos años mas tarde en 1934 muere el mayor de los hijos, Juan Emilio Tacul quién hoy se encuentra sepultado en su territorio al igual que dos hermanos mellizos más.

Don Ismael Tacul falleció en el año 1938 quedando así la familia totalmente indefensa. Parques Nacionales seguía cobrando pastaje porque era lo que exigían y correspondía en aquellas tierras donde vivía la comunidad. Hasta que en un momento le comienzan a pedir el desalojo por orden del intendente de aquellos años siendo que quien estaba a cargo era doña Jesusa Cheuque (analfabeta por circunstancias de la vida). Las órdenes llegaban con más frecuencia alo que ella se negaba por ser habitante ancestral de su territorio. Fue así que Parques Nacionales engañosamente le hace firmar a doña Jesusa Cheuque por medio de su huella dactilar una boleta de pago de un pastaje que no era más que una de las tantas órdenes de desalojo de su territorio.

Así es que: Nuestra, la familia de don Ismael Tacul quedó en la calle. Para nosotros no hubo piedad, ni reconocimiento oficial, a pesar de sus nueve hijos argentinos. Pero eso si! El paraje hasta el día de hoy se llama VILLA TACUL en memoria de don Ismael Tacul a pesar de injusticia consumada por Parques Nacionales, como hito histórico del lugar!

Quedando aún dos hijas de don Ismael Tacul y Jesusa Cheuque: Doña Fresia Tacul, Encarnación Tacul y descendientes de nuestra comunidad originaria TAKUL CHEWQUE, hoy volvemos a Ejercer Posesión Ancestral de Nuestro Territorio Mapuche.

Haciendo uso de nuestros derechos fundamentales expresados en el Convenio 169 de la OIT, Artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional: (“Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas) e inciso 22 (La Declaración Americana de los Derechos y los Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su protocolo facultativo). El artículo 42 de la Constitución provincial. La Ley provincial 2287 y el artículo 210 de la nueva Carta Orgánica Municipal.

Comunidad TAKUL CHEWQUE
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En koincidencia kon el Wiñoy Tripantu Avkin Pivke Mapu-Komunikación MapuChe inició el Sábado 23/Junio "Wiñoy Tayiñ Xekan". Propuesta de radio kon información aktualizada del Pueblo MapuChe a ambos lados de la kordillera, en el kampo y la ciudad. Entrevistas, komentarios, lektura y demás ... todos los Sábados de 18 a 19 hs x Radio El Arka en el 100.1 del dial o x internet en: www.radioelarka.com.ar
En breve estaremos transmitiendo de 18 a 20 hs todos los sábados !!



Kolectivo We Newen


Comunicado publico


La comunidad de temucuicui informa lo siguiente.


  1. Ayer sabado 15 de septiembre alrededor de las 6 ºº de la mañana un fuerte contigente policial ingreso a la comunidad de temucuicui por el sector del fundo montenegro y comenzo a sustraer animales de familias de la comunidad hacia la propiedad del particular RENE URBAN.

  2. Una delegacion de comuneros y dirigentes de temucuicui se dirigio hasta el lugar a solicitar explicaciones a los carabineros y a exijir la orden judicial respectiva y la entrega de los animales que habian arreado hasta dicho fundo. Al llegar a la entrada del fundo fueron increpados por carabineros, y al exijirles la orden judicial estas les fue negada en medio de epitetos racistas y discriminatorios, al consultar por los animaes sustraidos, los carabineros reconocieron que no eran los que buscaban, acto seguido los peñis fueron repelidos a balazos por el carabinero a cargo del contigente y los demas carabineros, junto con soltar el piño de animales que habian sustraido los que corrieron a la comunidad.

  3. A partir de este momento carabineros vuelve a ingresar a la comunidad de temucuicui esta vez redoblando el contigente y desde ese momento comineza una serie de escaramuzas en el cual los balazos de escopeta y revolver por parte de carabineros duraron hasta las 11ºº de la mañana.

  4. Mucha gente de temucuicui fue hasta el lugar a ver lo que ocurria y a resguardar sus animales.

  5. En paralelo, y a partir de gestiones realizadas, organizaciones de dd hh lograron con el subsecretario del interior Felipe Harboe, quien estaba al tanto de lo que estaba ocurriendo y quien manifesto que "se trataba de una orden judicial por robo de animales y existan instrucciones de redoblar el contingente pocilial apostado en las comunidades producto del robo de animales y el exeso de alcohol, por lo que se habia ordenado el acuartelamiento en el fundo montenegro.

  6. Producto de la agresion de carabineros quedaron varios animales vacunos con impactos de perdigones, asi como un peñi quien resulto con heridas leves producto de los disparos de carabineros, cabe consignar que nuestro peñi no concurrio hasta ningun centro asistencial por temor a ser detenido y fue atendido en la misma comunidad.

  7. Nos llena de indignacion la constante persecucion de que somos objeto y que por lo visto se panifica en el ministerio del interior, y mas aun el descredito e injurias con publicidad que realizan los medios de comunicación quienes en el suplemento de hoy domingo 16/9 señalaban que "carabineros habia sido atacado con armas de fuego". Les recordamos que en el sinnumero de allanamientos a nuestra comunidad nunca han encontrado ni un cartucho, ni poston, ni una onda, por lo que esas acusaciones son infundadas y solo pretenden criminalizar nuestras demandas, encarcelar a nuestros dirigentes e inventar falsos atentados que solo buscan abrir nuevas causas judiciales infundadas, mantenernos cercados policialmente y legitiomar frente a la opinion publica la represion y los abusos de que somos objeto.

  8. Como comunidad repudiamos la estrategia juridico militar desplegada en nuestra contra y en contra del pueblo mapuche ya que solo estan consigiendo atemorizar a nuestra gente engendrando un odio de nuestros niños en contra del estdo y sus agentes que en nada contribuira a establecer una relacion democratica y respetuosa con los DD.HH con los mapuche.

  9. Agradecemos a chau ngenechen de que ningun peñi haya resultado muerto a partir de la accion de carabineros, y hacemos un llamado a la comunidad nacional e internacional a denunciar este tipo de hechos y solidarizar con la causa mapuche y con nuestra comunidad, la que lamentablemente esta sufriendo la represion peor que en dictadura militar, y que solo reafirma que los gobiernos de la concertacion, y en particular el gobierno de Michelle Bachellet solo le interesa proteger los intereses de la derecha economica y de grandes conglomerados y que poco le importa la integridad psiquica y fisica de niños, hombres y mujeres mapuche.

  10. Hacemos un llamado a nuestros peñis a no bajar los brazos ni sentir temor frente a la represion del estado y seguir luchando por nuestros derechos como pueblo.



LIBERTAD A OMAR Y JAIME HUENCHULLAN!!!

LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLITICOS MAPUCHE

BASTA DE REPRESION EN COMUNIDADES MAPUCHE


MARRICHIWEW!!!!!!!!!!


Comunidad de temucuicui, 16 de septiembre del 2007.-




Kolectivo We Newen

jueves, 13 de septiembre de 2007

Contaktos> avkinpivkemapu@yahoo.com.ar Se agradece la difusión!!
La Defensoría del Pueblo de la Nación inició el 29 de agosto una demanda por exterminio contra los Estados nacional y provincial ante Corte Suprema de Justicia por la situación desesperada que padece el Pueblo Toba – Qom. Ricardo Scoles, a cargo del área de Derechos Humanos del organismo, en conversación con Radio El Arka de Bariloche trazó un panorama desolador: “Los más ancianos se sientan a esperar la muerte. Chaco perdió mucho monte, ya no hay animalitos, ni remedios y no pueden pescar”.
Por Avkin Pivke Mapu - Pueblos Originarios ((i))/ Foto: SubCoop
Radio El Arka (REA): -Tenemos entendido que estuvo en la zona. ¿Con qué realidad se encontró Ricardo?

Ricardo Scoles (RS): -La realidad es medio difícil, por lo menos para mí, encontrarle palabras, quizás para Gabriel García Márquez o [Jorge Luis] Borges sería mucho más fácil. Pero bueno es tremenda, es una cosa que uno piensa que no tendría que suceder en ningún lugar del mundo, menos en nuestro país y menos con nuestros Pueblos Originarios; pero es la realidad, “es lo que hay”, como dicen algunos.

Es tremendo, no hay agua potable, las viviendas son ranchos de adobe con palos, algunas con paja, algunas con chapas, otras con lonas de nylon que les dan. Ese nylon negro que se usa... lo que es normalmente bolsas de residuos. No hay comida, no hay remedios, hay hacinación. El 50%, 60% [de la población] de una de las zonas donde fuimos tiene chagas, en otra el 40%. Tuberculosis, desnutrición, son todas cosas que uno creía o pensaba que ya no tendrían que estar ... Hasta endemias que teóricamente se habían superado, ¿no?.

Cuando vos hablas de tuberculosis, decías: “Es en la cárcel por el hacinamiento, la falta de luz, la mala alimentación”. La tuberculosis hoy está en todo el Departamento Güemes del Chaco, obviamente sobre la población aborigen.

REA: -Ricardo, estamos hablando de gente que forma parte de un Pueblo Indígena. Gente que tiene sabiduría en su relación con la tierra, que tiene su propio bagaje cultural. ¿Qué pasó en los últimos tiempos como para que se agudizara este proceso de cercenamiento territorial y, ya no de desaparición de la cultura sino de desaparición física, no?

RS: -Yo creo que hay tres o cuatro elementos básicos. El primero que creo que hay que reconocer: Los aborígenes en Argentina son discriminados. Nos guste decirlo, no nos guste decirlo; nos guste aceptarlo o no nos guste aceptarlo; son segregados, no son considerados una persona más. Vos cuando hablas con cualquier persona, por lo menos en el norte argentino, donde nosotros más hemos ido a ver Wichis, Tobas, Pigalá, Guaraníes, etc., hasta la gente común tiene un tipo de actitud segregatoria. Ese es el primer elemento.

A partir de ahí nosotros queremos que ellos sean como nosotros. Queremos que busquen un trabajo, queremos que hagan sus casas como nos gustan a nosotros, queremos imponerle un sistema o un funcionamiento de vida distinto. No pretendemos como tendría que ser integrarnos y que nosotros aprendamos de ellos cosas que son milenarias y ellos saquen las conclusiones que ven de nuestra sociedad, las mejores cosas para que les sirvan. Esta seria la lógica de la evolución, aquí no. O te adaptas o te quedas aislado, te adaptas o te marginas.

Segundo tema. Evidentemente en estas décadas donde la soja pasó a hacer la reina del festín, el Chaco perdió mucho monte. Estamos hablando que nosotros estuvimos en El Impenetrable, que ya no es tan impenetrable. Por lo tanto ahí para hacer lo que normalmente hacen estas comunidades que es mariscar: ir al monte, venir con algún animalito, con algún fruto, con las hojas de las plantas que son los remedios naturales de ellos, etc, etc o ir al río a pescar, todo eso se ha achicado, se ha dimensionado para mal. El río está obviamente más contaminado, hay menos pescado, el monte está diezmado, evidentemente lo que sería su hábito natural de vida, no es más el lugar que era. Por lo tanto no le alcanza, no llega a comer, ni a vivir con lo que le da la naturaleza, tiene que depender de lo que le da el sistema del hombre blanco y ahí empiezan los problemas.

Empiezan los problemas porque si no es el clientelismo, si no es la explotación, si no es la explotación, es el engaño. Hay toda una serie de elementos que hacen que vos vas y es patético ver en los ranchos se sientan, están el patio al lado del fueguito y esperando la muerte. La gente grande no quiere que los lleven más a los hospitales, no quieren más nada. No ven soluciones a sus problemas. Entonces están ahí, y te encontrás con lugares que llegás y hace tres días que no comen. O ranchos donde había tuberculosos con tratamiento y que lo único que habían comido en dos días era un vaso de leche. No es que sea una familia, dos familias, tres familias es el panorama general.

El paisaje desolador en general, esto es lo que lo alarma al Defensor [del Pueblo de la Nación] y hace presentar esta demanda a la Corte [Suprema de Justicia]. Porque evidentemente en términos internacionales la Argentina ha adherido a todas las convenciones, incluido el 169 de la OIT, que tienen que ver con las comunidades indígenas. Por lo que nosotros hemos visto en esos lugares puntuales, que hemos recorrido más de 30 parajes, ahí no se cumple con ninguna de las prerrogativas que plantea el 169.

Pero más allá de que sean aborígenes, pongámosle ya en el término más afín a lo que sería lo que piensa el occidental y cristiano, es un ser humano. Es un ser humano y no lo vemos como un ser humano me parece, no lo tratamos como un ser humano.

Mirá, te doy algunos números, algunas estadísticas: El hospital de Castelli, que es el hospital cabecera que atiende las derivaciones de todos esos lugares que nosotros hemos recorrido - El Espinillo, Pampa del Indio, [Villa Río] Bermejito, son un montón de lugares sería muy largo enunciártelos. La derivación a ese hospital significa que ese hospital tenga 70.000 consultas anuales, ellos funcionan en una red, es como un sistema de hospital de agudos. El promedio de internación que tiene ese hospital por enfermo es de tres días y medio. Yo pregunto, yo no soy médico, no soy idóneo, ni soy quien para plantear objetivamente cuestiones sanitarias, pero hago esta pregunta de hombre común: Si tres días y medio dura la internación de un enfermo en el hospital de Castelli, y seis meses necesita mínimo la tuberculosis para atenderla, ¿cuánto necesita el chagas o cuántos meses necesita la desnutrición? Evidentemente lo que estamos haciendo es, como dirían en la ciudad, lavado y planchado y los mandamos a la casa a morir. Porque aparte, cuando vuelvan a su lugar, no es que vuelven a un lugar donde tienen la farmacia en la esquina, donde si tienen una descompostura viene una ambulancia y los lleva. No, no, no. Van a un lugar donde no hay nada, no hay comida, no hay agua potable, no hay nada. Hay tierra, monte, y nada más, por lo tanto el objetivo que evidentemente el sistema de salud... que de todos modos no es el culpable, es el emergente del problema, a través de la salud salta.

Pero como nos decía un medico: “Yo lo escuchaba el otro día al ministro [Salud] del Chaco decir que nadie muere por desnutrición en Chaco, que no hay ningún deceso por desnutrición”. Y yo hablando con los médicos, el director del hospital de Castelli, la directora del Bermejito, etc, etc. Ahí nadie hace certificados por desnutrición o por tuberculosis, lo hacen por paro cardio respiratorio. Nadie dice, nadie pone en el certificado de defunción la historia clínica, por qué llegó al paro respiratorio ésta persona, o sea que también en las estadísticas se esconde la realidad. Yo lo que noté, o lo que siento, es que los médicos, los que están tratando a los enfermos, los auxiliares de medicina, los enfermeros, hacen un trabajo sobrehumano. Nosotros hacíamos entrevistas con los médicos a las 10 de la noche y habían atendido 100 personas en el día. Pero ese voluntarismo, esa profesionalidad y esa vocación no alcanza, porque el Estado tiene una política errática o negativa; o diría yo, más grave, de inacción sobre una población que significa más o menos, según el Estado chaqueño, de 60.000 aborígenes de los cuales el 50% es Toba.

Son mucho más para mí, no es que sean 60.000, para mí son muchos más, porque nosotros hemos recorrido poblaciones de influencia y por los lugares donde atienden los hospitales y los centros de salud, excede largamente los 20.000 Tobas; por lo tanto debe haber mucho más de 60.000. Pero aparte hay que decirlo, hay 25.000 Tobas en Rosario que se han ido escapando del hambre, se han metido en los barrios. Mirá, hay un detalle que yo siempre le digo a la gente, en la pobreza urbana vos vas a un barrio humilde, a una villa, y vas a ver volar las bolsas de plástico. Es casi una simbología de la pobreza urbana la bolsa de plástico, porque algo trajo esa bolsa o una basura o una sobra de comida, algo trajo esa bolsa. Allá no hay bolsa de plástico, es miseria a secas, no hay nada, ni bolsa de plástico.

REA: -Ricardo, la presentación de la Defensoría del Pueblo que se le hace a la Corte Suprema, justamente, ¿qué puede resolver de todo esto?

RS: -Lo que está planteando es que obligue al Estado argentino. Si vos has leído la demanda, o han visto ustedes o han escuchado la demanda que el Defensor hizo sobre el Riachuelo, que la Corte obligó al Estado argentino y que hace un seguimiento de lo que va haciendo el Estado argentino. Si vos lo analizas tiene alguna similitud con eso, lo obliga al Estado argentino y al gobierno chaqueño a que, primero, que haya un shock rápido de presencia para fumigar, para llevar comida; y después, una permanencia en donde generar posibilidades de autoabastecimiento de la población o de abastecimiento a través del Estado. Pero digamos, una permanencia en el tiempo, para que esto no sea porque hicimos salir en uno de los diarios hoy las cosas, vayan seis camiones los tapen en bolsones y cosas, y después, dentro de seis meses, vuelve todo a lo mismo. Es como que estamos planteando una progresión y una presencia permanente.

REA: -¿Hay un plazo perentorio en el cuál tenga que expedirse la Corte?

RS: -Nosotros hemos hecho un pedido, tanto uno que se llama en términos jurídicos... yo no soy abogado, pero que habla de que sea una medida rápida, como una especie de amparo que se hace en el mismo juicio. Pero nosotros hemos hecho un juicio ordinario, hemos hecho un juicio ordinario porque queremos hacer el seguimiento del tema y no queremos que termine en una medida grandilocuente, importante, pero efímera, coyuntural. Nosotros creemos que hace falta una presencia permanente, activa y extendida en el tiempo, de los dos Estados, el nacional y el provincial, para sacar de esta crisis tremenda a esta población.
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Ver además Infome: "En las profundidades del Chaco"
Por SubCoop - Pueblos Originarios ((i))
EN LAS PROFUNDIDADES DEL CHACO [DEVASTACIÓN] - 1ra parte

Cuando llegamos a Resistencia los muertos eran 11. Los muertos conocidos, que lograron salir de la invisibilidad institucionalizada para transformarse en un número. Tuvieron nombres y apellidos, también rostros y sueños, historia, pero en ese momento la noticia era que la suma de todos esos números daba 11. Hoy la suma da 14, seguro aumentará en unos días. Ahora son 14 los muertos, hombres y mujeres. Son 14 porque el 11 de julio los empezaron a contar. ¿Y antes del 11 de julio? ¿Y los que aún hoy siquiera logran transformarse en un número? Organizaciones indígenas y de derechos humanos afirman que en Chaco se está produciendo un genocidio silencioso. La Defensoría del Pueblo de la Nación denunció al gobierno nacional y al provincial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el “exterminio de las comunidades aborígenes”.
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EN LAS PROFUNDIDADES DEL CHACO [DEVASTACIÓN] - 2da parte
Caminamos un poco. Ramón Duarte viene a nuestro encuentro cuando ya estamos a metros de su casa, Seledonia Laureano permanece sentada junto a la puerta de la vivienda. Ambos tienen más de 70 años, o eso aparentan, y menos de 70 kilos, eso es un hecho. Ella está ciega, pero no nació así, perdió la vista en el mismo día a día en que es despojada del resto de la salud. Una de las personas que nos guía marca los signos del deterioro sufrido por la anciana, las marcas dicen que la artritis campea en el cuerpo de Seledonia. Tose, el catarro es seco, no hace falta ver la sangre llegar a la boca para decir tuberculosis o TBC, la forma corta de nombrar a ese flagelo que se avanza sin encontrar obstáculos.
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EN LAS PROFUNDIDADES DEL CHACO [DEVASTACIÓN] - 3ra parte

“El señor intendente [Mario Gómez] se ha olvidado de muchos compromisos, de muchas actas firmadas, pactadas, donde él llegaba a un acuerdo con la comunidad. En estos momentos ninguna de las cosas se cumplieron entonces por eso decidimos tomar la ruta”, explica Miguel Loto, vocero del corte. Parados sobre la ruta provincial 9, unas 30 familias tobas y wichí bloquean el acceso a Miraflores, localidad ubicada a 95 km de Villa Río Bermejito y 50 km de Juan José Castelli. Cuando el corte se inició, dos días antes, eran 60, luego comenzaron a alternar. Hay gente de todas las edades esperando, sólo esperando.
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EN LAS PROFUNDIDADES DEL CHACO [DEVASTACIÓN] - 4ta parte

“El etnocidio de los pueblos indígenas es una constante histórica y la exclusión es la regla. Lo que ha sucedido en los últimos tiempos es que ese actor que era invisible para la sociedad ha empezado a ser visible. Ha emergido y ha emergido con una verdad histórica: que los pueblos indígenas están mal, muy mal, y que el Estado en sus políticas públicas está menos cero, y cuando intenta hacer algo lo hace desde la torpeza. Entonces tenemos acciones desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación llegando a la zona del Interfluvio Bermejito con camiones militares, con toda una estructura que podría ser aplicada para otro tipo de emergencia pero no para el tema indígena”, afirma Julio García, abogado del IDACH. En 1996 comenzó a patrocinar a comunidades indígenas, actualmente no sólo trabaja en Chaco sino también lleva adelante la defensa jurídica de los mbya guaraní del valle de Kuña Pirú de Misiones, en conflicto con la Universidad Nacional de La Plata, y de pequeños productores de Bañado La Estrella, en Formosa. Más de una década de trabajo y miles de kilómetros recorridos.



Kolectivo We Newen

miércoles, 12 de septiembre de 2007

POSICIÓN
de
La Alianza Legal Indio Americano - American Indian Law Alliance

RESPECTO A La DECLARACIÓN MODIFICADA (MD)
Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU



POSICIÓN:
AILA informa respetuosamente a nuestros hermanos y hermanas indígenas a través del mundo así como los ONG's y los estados que han apoyado las luchas de los Pueblos Indígenas que, en nuestra opinión, la Declaración Modificada de los Derechos de los Pueblos Indígenas (MD),la cuál la Asamblea General (AG) actuará el este jueves el 13 de septiembre 2007 contiene provisiones que están, en lo principal, aceptable a nuestros pueblos, así como provisiones que debemos repudiar formalmente por las razones siguientes:

1. MD Párrafo Preambular 16. La referencia de este párrafo a la Declaración 1993 de Viena y al correspondiente Programa de Acción, que rechazó reconocer nuestro existencia como "Pueblos" y también incorrectamente nos señaló como "minorías", instituye una violación a la dignidad de nuestros Pueblos ya expresada en la Declaración de Viena.


2. Artículo 30 de MD. Este artículo destripa la protección ya mínima que el texto de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, (CD) adoptado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU el 29 de Junio de 2006 y establece para nuestros pueblos contra actividades militares en nuestros territorios. El artículo de MD ahora permite estas actividades si es justificado por un "interés público relevante " en comparación con el lenguaje de la CD " una amenaza significativa para el interés público relevante". Nuestra gente vive y muere cada día en el estrago que atiende a las actividades militares de los estados. No podemos, y no aceptamos, volver a nuestras comunidades con la mancha de nuestro silencio frente la situación que los estados continúan tolerando estas prácticas.

3. Artículo 46 de MD. El derecho internacional, puesto desde que la Carta de la ONU fue adoptada en 1945, ha mantenido constantemente un equilibrio escrupuloso entre los principios de la
autodeterminación de los pueblos y la integridad territorial de estados. Vea la Declaración 1970 Sobre Relaciones Amistosas. El artículo 46 de MD, que es el artículo final de la "advertencia" en el MD, trastorna este equilibrio destacando solamente el segundo principio Y poniendo el deber para respetar la integridad territorial de los estados en los Pueblos por primera vez en un instrumento internacional del derecho. Hasta este momento, ese deber había sido impuesto solamente entre los estados.

En conclusión, La Alianza Legal Indio Americana (AILA) se compromete a trabajar en buena fe con los estados para implementar las provisiones de la Declaración Modificada (MD) con reservaciones, así como hemos indicado en esta posición, con respecto MD PP 16 y a los artículos 30 y 46 ya que estas provisiones representan incorrectamente principios fundamentales del derecho internacional, los cuales afectan indignidades y lesiones a nuestros pueblos, y/o en vez de corregirlos los re-inscriben.

En tomar esta posición, AILA agrega su desaprobación de las provisiones dañosas del MD a ésas expresadas ya en varias maneras por otras voces indígenas incluyendo el Pueblo de
Laguna, Owe Aku, Aotearoa Indigenous Trust, Consejo de Todas las Tierras-Mapuche, otras
organizaciones de americana latina identificadas por Estebancia Castro Dias y Fortunato Turpo Choquehuanca, Bill Means de IITC, y TONATIERRA. Además, Kekuni Blaisdell como Convenor del Tribunal Komike de Kanaka Maoli de Hawai'i, y del Fondo Séptima Generación para el Desarrollo Indígena, también como el Fondo de la Mujer del Águila Volando para la Paz, Justicia y la Soberanía agregan sus voces a este agrega sus voces a esta repudiación.


EXPLICACIÓN.

Tras los años largos que AILA ha luchado junto a nuestros hermanos y hermanas indígenas del mundo con el apoyo de nuestros Jefes, Guardianes de la Tradición, y Madres del Clan para una Declaración fuerte para los Derechos de los Pueblos Indígenas, hemos sido dirigidos por los principios siguientes:

1. La brutalidad, injusticia, e indignidades que nuestros Pueblos ha sufrida por 500 años debe ser invertida asegurando, entre otras cosas, un Declaración de la ONU de los Derechos de los Pueblos Indígenas gente indígena que avanza las nuestros derechos y los deberes correspondientes de los estados, y no viceversa.

2. El proceso para alcanzar este instrumento debe ser legítimo, inclusivo, transparente, y de todas maneras respetuoso de nuestra gente. En este respeto, encontramos sin precedente y de una forma irrespetuosa máxima que los Pueblos Indígenas del mundo fueron asignados nomás tres días para responder a un instrumento, el MD, que afectará el curso de la relación entre los Estados y los Pueblos Indígenas hasta un futuro indefinido. Los estados, observamos, entre ellos otorgaron nueve meses para reconciliar sus diferencias sobre la Declaración (CD).

Entonces ahora, después de haber discutido sobre el curso los últimos diez días la sustancia del MD con nuestras comunidades y expertos en derecho internacional, indígena y no-indígena, AILA ha decidido a registrar, antes de que el AG actúe en la materia, nuestra posición con respecto a ciertas provisiones específicas del MD, en vez de opinar sobre su adopción, asunto sobre que de cualquier manera los estados tomaran decisión por su lado el día jueves de septiembre el 13 de 2007.

Creemos que esta estrategia tiene las ventajas siguientes:

1. Preserva un archivo histórico de la desaprobación de Pueblos Indígenas de las provisiones más dañosas del MD (PP16, y de los artículos 30 y 46). Este expediente será importante que sea registrada en el proceso cuando el Consejo de Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionario de Derechos Humanos en Ginebra comienza su tarea de supervisar la implementación de la MD.

2. Nos protegerá, cuando el momento llega para redactar una
Convención sobre los Derechos De los Pueblos Indígenas de la ONU, contra alegaciones que los Pueblos Indígenas en su totalidad acordaron a estas provisiones dañosas en 13 de Septiembre, 2007.

3. Al mismo tiempo, permite que establezcamos el expediente que endosamos, y intentamos invocar, las provisiones restantes de la MD que son generalmente provechosos.

4. Nuestros amigos en el mundo necesitan saber la naturaleza mezclada del MD de modo que puedan continuar apoyando nuestros derechos de una manera informada, en vez de un apoyo ciego a la Declaración Modificada (MD).


ANÁLISIS

La Alianza Legal Indio Americano- American Indian Law Alliance

RESPECTO A La DECLARACIÓN MODIFICADA (MD)
Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU


INTRODUCCIÓN

La Declaración Modificada (MD) que el Sr. Les Malezer envió el viernes de agosto el 31 de 2007 contiene 9 cambios al texto del declaración de la
Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, el 29 de Junio de 2006. (CD) AILA analiza los 9 cambios abajo. Creemos que los cambios #4 (a Párrafo Preambular 16), #7 (al artículo 30), y #9 (al artículo 46) son dañosos para los Pueblos Indígenas, mientras que los demás enmiendas no son dañosos. Brevemente:

PP16 incorpora en el MD La Declaración 1993 de Viena que nos llama "
poblaciones indígenas" en vez de "pueblos", y también nos enumera en la categoría de "minorías"; El artículo 30 da a estados el permiso de hecho de conducir actividades militares en nuestros territorios; y el artículo final 46 de la "advertencia" indica que el MD no se puede interpretar para autorizar o para animar ninguna acción "para ningún estado, gente, grupo o persona" que deterioren la integridad territorial Y la unidad política de estados. Éste sería la primera vez que un instrumento internacional del derecho aplica esta advertencia a los pueblos. Hasta este momento, ese deber había sido impuesto solamente entre los estados.

ANÁLISIS DE LOS NUEVE CAMBIOS

1. Cambio: La oración inicial de la Declaración Modificada (MD) substituye "a Consejo de Derechos Humanos" por la "Asamblea General" como la unidad que adopta.

Análisis: Normal y aceptable.

2. Cambio: Un nuevo párrafo pre-ambular (MD PP 1) dice: "dirigido por los propósitos y los principios de la carta de los Naciones Unidas, y en la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados de acuerdo con la carta,"

Análisis: Bueno y aceptable.

3. Cambio: El CD siguiente PP 14 se suprime del MD: "reconociendo que los pueblos indígenas tienen el derecho de determinar libremente sus relaciones con los estados en un espíritu de la coexistencia, de la ventaja mutua y con respecto completo",

Análisis: Aceptable. La lengua suprimida es vaga, y también redundante dado que el artículo 3 reconoce el derecho de la autodeterminación de los pueblos indígenas.

4. Cambio: MD PP 16 ahora dice (las adiciones CAPITALIZADAS): "reconociendo que la carta de las Naciones Unidas, el Convenio Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Convenio Internacional de Derechos Civiles y Políticas ASÍ COMO LA DECLARACIÓN de VIENA Y EL PROGRAMA DE ACCIÓN, afirman la importancia fundamental del derecho de la autodeterminación de todos los pueblos gente, en virtud de lo cual determinan libremente su estado político y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural",

Análisis: Esta referencia a la Declaración de Viena se debe pensar a profundo, por lo tanto presentamos muy cuidadosamente un análisis largo aquí.

a) La Declaración 1993 de Viena y el Programa de Acción (VD) tiene dos elementos. La parte I (39 artículos) es la Declaración y la parte II (100 artículos) es el Programa de Acción. Las provisiones relevantes del VD dicen:

b) Parte I, artículo 2 de VD:

“2. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.”

* Considerando la situación particular de los pueblos bajo situaciones coloniales u otra formas de dominación extranjera o de ocupación extranjera, la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos reconoce el derecho de los pueblos a tomar cualquier acción legítima, de acuerdo con la carta de las Naciones Unidas, para realizar la su derecho inalienable de la autodeterminación. La Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos considera la negación el derecho de la autodeterminación como violación de derechos humanos y subraya la importancia de la realización eficaz de la este derecho.

** de acuerdo con la Declaración sobre Principios del Derecho Internacional Referente Relaciones y a la Cooperación Amistosas entre Estados de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, ésta no será interpretado como autorizar o animar ninguna acción que desmembrara o deterioraría, totalmente o en parte, la integridad territorial o la unidad política de los estados soberanos y independientes que se conducen en conformidad con el principio de los derechos iguales y la autodeterminación de los pueblos y no será poseído así de un gobierno que representa a el pueblo entero que pertenece al territorio sin distinción de cualquier forma ".

Las enmiendas del artículo 46 de MD (véase el cambio #9 abajo) de la doble estrellada * * del párrafo de VD arriba (que protege la integridad territorial y la unidad política de estados), por no complementar también con el lenguaje del solo estrellado * párrafo (que protege la
autodeterminación de los pueblos) efectivamente trastornaba el actual equilibrio reconocido en derecho internacional entre los dos principios.

c) Parte II (B)(2) de VD:
“2. Personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas"

[ los artículos de la sección 25-27 luego discuten a minorías en general,
después de lo cual la sección continúa (énfasis agregado): ]

"Poblaciones Indígenas”

28. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos pide al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías que, en su 11º período de sesiones, complete el proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas.


29. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda que la Comisión de Derechos Humanos examine la posibilidad de renovar y actualizar el mandato del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas una vez completado el proyecto de declaración sobre los derechos de las
poblaciones indígenas.

30. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda también que los programas de servicios de asesoramiento y asistencia técnica del sistema de las Naciones Unidas respondan positivamente a las peticiones de asistencia de los Estados que redunden en beneficio directo de las
poblaciones indígenas. La Conferencia recomienda además que se pongan a disposición del Centro de Derechos Humanos recursos de personal y financieros suficientes como parte del fortalecimiento de las actividades del Centro conforme a lo previsto en el presente documento.

31. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos insta a los Estados a que velen por la plena y libre participación de las
poblaciones indígenas en todos los aspectos de la sociedad, en particular en las cuestiones que les interesen.

32. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda a la Asamblea General que proclame un decenio internacional de las
poblaciones indígenas del mundo que comience en enero de 1994 y comprenda programas orientados a la acción definidos de común acuerdo con las poblaciones indígenas. Debe establecerse con este fin un fondo fiduciario voluntario. En el marco de dicho decenio deberá considerarse la creación de un foro permanente para las poblaciones indígenas en el sistema de las Naciones Unidas.


Dos puntos necesitan ser notados aquí. Aunque los Pueblos Indígenas protestaron en Viena en 1993, el VD utiliza el término "
poblaciones indígenas" para referirnos para no sugerir que los pueblos indígenas no nos corresponde el pleno derecho de la autodeterminación. En segundo lugar, el VD coloca a gente indígena bajo título de las "personas que pertenecen a las minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas," una designación que los pueblos indígenas han
rechazado como inadecuado cuando está aplicada a nuestros pueblos.

5. Cambio: el PP 23 nuevos de la MD ahora dice: "Reconociendo también que la situación de los pueblos indígenas varía de la región a región y de país a país y que la significación de particularidades nacionales y regionales y de varios contextos históricos y culturales se debe tomar en la consideración,"

Análisis: Varios estados habían buscado una fraseología para que provisiones de la declaración se conformarían con los leyes nacionales. Tomando nota de los "fondos de las particularidades...." es claramente mejor que conformándose con los leyes nacionales, y es así esencialmente aceptable.

6. Cambio: El artículo de MD 8 (d) ha suprimido el lenguaje [ indicada en corchetes aquí ] de su versión del CD: "cualquier forma de asimilación o de integración forzada [ por otras culturas o por maneras de vida impuesto sobre ellos por medidas legislativas, administrativas u otras ];"

Análisis: La canceladura mejora realmente el texto agrandando la prohibición contra la asimilación forzada.

7. Cambio: El artículo de MD 30 (1) ha sido destripado por una canceladura [indicada en corchetes aquí ]: las "actividades militares no ocurrirán en las tierras o los territorios de los pueblos indígenas, a menos que sean justificadas por interés público relevante de [amenaza significativa para] o convenido de otra manera libremente con o pedido por los pueblos indígenas afectados."

Análisis: La canceladura "amenaza significativa para" es un debilitamiento
IMPORTANTE del artículo 30 del CD que había debilitado ya grandemente de la fraseología de las "actividades militares" en el texto 1995 de la subcomisión. Este último cambio ahora destripa el artículo 30, es decir, hasta el punto de hacerle el articulo inútil.

8. Cambio: El artículo de MD 32 (2) ahora contiene una canceladura [indicada en corchetes]: los "estados consultarán y cooperarán en la buena fe con los pueblos indígenas concernidos a través de sus propias instituciones representativas para obtener su consentimiento libre e informado antes de la aprobación de cualquier proyecto que afecta tierras o territorios indígenas y otros recursos, particularmente en la conexión con el desarrollo, la utilización o la explotación [ de sus ] recursos mineral, del agua o otros."

Análisis. La canceladura de "de sus", mientras que es no deseable, no es dañosa porque el párrafo hace claramente que el "mineral, agua u otros recursos" en la edición están se ubican en tierras y territorios indígenas. " De sus", entendemos, fue borrado porque los estados latino americanos no querían un conflicto EXPLÍCITO entre el artículo y sus constituciones que confieren generalmente propiedad de recursos subsuperficies a los estados.

9. Cambio: El artículo de MD 46 (1), con las adiciones que capitalizamos, ahora lee: "nada en este declaración se puede interpretar como implicando para cualquier estado, pueblo, grupo o persona el derecho para enganchar a cualquier actividad o para realizar cualquier acto contrario a la Carta de las Naciones Unidas O INTERPRETAR COMO AUTORIZAR O ANIMAR CUALQUIER ACCIÓN QUE DESMEMBRARA O DETERIORARÍA TOTALMENTE O EN PARTE, LA INTEGRIDAD TERITORIAL O LA UNIDAD POLÍTICA DE ESTADOS SOBERANOS Y INDEPENDIENTES."

Análisis:
Este cambio implica problemas verdaderos para los pueblos indígenas. Para ver cómo el artículo 46 MD ahora está deformando el equilibrio mantenido a lo largo del tiempo en el derecho internacional, entre los principios de la autodeterminación de los pueblos y la integridad territorial de estados, en el favor de estados, necesitamos comparar este nuevo lenguaje en el MD con dos instrumentos internacionales anteriores que han utilizado aparentemente similar, pero no idéntico, lenguaje: el Declaración 1970 sobre Relaciones Amistosas (DFR), que en paginas 7-8 de forma cuidadosa y altamente sutil, autoritariamente indica el equilibrio complejo que es el asunto considerado aquí; y la Declaración 1993 de Viena y el Programa de Acción (VD), que conserva el equilibrio. Las partes comparables en los dos documentos SE CAPITALIZAN abajo.

Los 1970 DFR, después de dar un tratamiento escrupulosamente balanceado del principio dos, dicen: "NO SE INTERPRETARÁ NADA EN LOS APARTADOS ANTERIORES COMO AUTORIZAR O ANIMAR NINGUNA ACCIÓN QUE DESMEMBRARA O DETERIORARÍA TOTALMENTE O EN PARTE, LA INTEGRIDAD TERRITORIAL O LA UNIDAD POLÍTICA DE ESTADOS SOBERANOS Y INDEPENDIENTES.

*** que cada estado se refrenará de cualquier acción que tiene como objetivo la interrupción parcial o total de la unidad nacional y de la integridad territorial de cualquier otro estado o país ".

En cuanto a los 1993 VD, él estados, así como fue expresados anteriormente en cambio # 4 arriba:

*** "Considerando la situación particular de los pueblos bajo situaciones coloniales u otra formas de dominación extranjera o de ocupación extranjera, la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos reconoce el derecho de los pueblos a tomar cualquier acción legítima, de acuerdo con la carta de las Naciones Unidas, para realizar la su derecho inalienable de la autodeterminación. La Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos considera la negación el derecho de la autodeterminación como violación de derechos humanos y subraya la importancia de la realización eficaz de este derecho.


De acuerdo con la Declaración sobre Principios de Derecho Internacional Referente a Relaciones y Cooperación Amistosas entre Estados de acuerdo con la Carta de los Naciones Unidas, ESTO NO SERÁ INTERPRETADA COMO AUTORIZAR O ANIMAR NINGUNA ACCIÓN QUE DESMEMBRARA O DETERIORARÍA, TOTALMENTE O INPART, LA INTEGRIDAD de TERITORIAL O UNIDAD POLÍTICA DE LOS ESTADOS SOBERANOS Y INDEPENDIENTES que se conducen en conformidad con el principio de las derechas iguales y la autodeterminación de la gente y no será poseída así de un gobierno que representa a la gente entera que pertenece al territorio sin distinción cualquier."

Para entender la deformación del equilibrio establecida entre los derechos de los estados entre ellos y los derechos inherentes de los pueblos, comparamos las partes capitalizadas del artículo 46 de MD con los pasos capitalizados en el DFR y el VD anteriores. Por uno, el MD sería la primera vez que un instrumento internacional amplía explícitamente la disuasión contra la violación de la integridad territorial y de la unidad política de estados a los pueblos. El DFR anterior aplica la disuasión a los estados solamente, y el VD es silencioso o por lo menos
ambiguo en cuanto a la blanco de la disuasión. En segundo lugar, los DFR y los VD contienen los párrafos (* * * tres estrellados arriba) los cuales expresan claramente que la disuasión es balanceada cuidadosamente por el Derecho de la autodeterminación de los Pueblos. El artículo de MD 46 (1) omite tales párrafos, y ampliando la disuasión a un deber de los pueblos, de tal modo deformando el equilibrio precedente, perjudicando contra los pueblos y en el favor de estados.

SUMANDO

Razones para proclamar declaraciones que endosan la mayoría de las provisiones de MD sin endosar el MD en su totalidad, y de rechazar específicamente MD PP 16, y de los artículos MD 30 y MD 46:

a. Estas 3 provisiones debilitan substantivamente los derechos importantes que hemos negociado en Ginebra.

b. Por otra parte, somos listos colaborar inmediatamente con la sociedad en buena fe y con los estados en el resto de provisiones del MD que son de nuestra ventaja mutua, o porque los hemos aceptado ya en Ginebra o, si son nuevos, porque encontramos que estos simplemente clarifican o realizan nuestros derechos, pero no los debilitan.

c. Las provisiones aceptables del MD constituyen las fundaciones valiosas por las cuales podemos comenzar a reparar las vidas de nuestras naciones y pueblos.

d. Los estados cuando se comprometen a los instrumentos internacionales, generalmente expresan reservaciones sobre elementos de los textos. Como Pueblos y Naciones, podemos hacer lo mismo.

e. Una declaración preserva un archivo histórico de la desaprobación de los Pueblos Indígenas de las 3 provisiones más dañosas de MD. Este expediente será importante tenerlo archivado formalmente cuando el Consejo de los Derechos Humanos y el Alto Comisionario de Derechos Humanos comienzan su tarea de supervisar la implementación de Nuestros Derechos.

f. Una declaración clarificadora nos protegerá, cuando llega el momento de para redactar una Convención sobre Los Derechos de los Pueblos Indígenas, contra alegaciones que nuestros pueblos indígenas en su totalidad acordaran aceptar estas provisiones dañosas en Septiembre 13, 2007.

g. Nuestros amigos no-indígenas necesitan saber la naturaleza mezclada del MD de modo que puedan continuar apoyando las nuestros derechos de una manera informada, en vez de respaldar la MD de una manera ciega.


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La Alianza Legal Indio Americano

American Indian Law Alliance
www.aila.org


Traducción: TONATIERRA
www.tonatierra.org

AILA: Posicion, Analisis y Proclamacion: Declaracion ONU Pueblos Indigenas





Kolectivo We Newen